Texto de la Ley N° 26.651
Sancionada Octubre de 2010 – Promulgada Noviembre 2010
Artículo 1°-
Se establece la obligatoriedad de utilizar en todos los niveles y modalidades del sistema educativo —Ley Nº 26.206, de Educación Nacional—, como así también su exhibición pública en todos los organismos nacionales y provinciales, el mapa bicontinental de la República Argentina que fuera confeccionado por el ex Instituto Geográfico Militar —actualmente Instituto Geográfico Nacional— (Leyes 22.963, de representación del territorio continental, insular y antártico y su modificatoria 24.943), el cual muestra el sector antártico en su real proporción con relación al sector continental e insular.
Artículo 2°-
El Ministerio de Educación de la Nación será el encargado de garantizar su exhibición, empleo y difusión, en todas las instituciones educativas públicas y privadas, mediante la provisión de la lámina correspondiente en escala 1:5.000.000.
Artículo 3°-
Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a la partida jurisdicción 70, Ministerio de Educación del Presupuesto General de la Nación.
Artículo 4°-
Las editoriales deberán incluir el mapa bicontinental de la República Argentina Argentina, referido en la presente, en las nuevas ediciones de los libros de texto. Los textos editados con anterioridad deberán incorporar el mapa bicontinental en caso de reimpresión o reedición.
Artículo 5°-
Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
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